Río Negro: se duplicó el registro de deudores alimentarios en la provincia

El Registro de Deudores Alimentarios (Redam) y Obstructores de Vínculo (OV) consolidó su rol estratégico en la provincia como una herramienta esencial para garantizar los derechos de las infancias y adolescencias a recibir su manutención económica. La última actualización mensual publicada en el Boletín Oficial, provista por el Registro Civil de las Personas, reveló un escenario alarmante: la cifra total de morosos ya asciende a 1.604 personas.

Aunque el reciente reporte oficial reflejó la baja de dos personas que regularizaron la situación con sus herederos, el dato más llamativo de la lista es la incorporación de una mujer. Este hecho, calificado como sumamente inusual en las estadísticas de la provincia, abre un nuevo espacio de análisis sobre las transformaciones y las nuevas dinámicas en las estructuras familiares actuales.

De acuerdo con la normativa vigente, el Redam incluye automáticamente a quienes adeuden de forma total o parcial tres cuotas alimentarias consecutivas o cinco alternadas. En los casos donde la exposición pública no resulta suficiente para exigir el cumplimiento, los representantes legales de los menores suelen recurrir a nuevas instancias judiciales para asegurar los fondos correspondientes.

Estar inscripto en este registro acarrea severas consecuencias civiles y administrativas bajo el marco de la Ley Nº 3.475. Las personas que integran el listado sufren fuertes limitaciones institucionales, tales como:

Inhabilitación para contratar con el Estado o acceder a cargos públicos.

Imposibilidad de obtener habilitaciones comerciales, concesiones, licencias o permisos estatales.

Restricciones locales añadidas por ordenanzas municipales específicas (como ocurrió en Viedma, donde se le prohibió a un deudor participar en competencias deportivas institucionales).

Cualquier persona física o jurídica con un interés legítimo puede solicitar de manera gratuita el certificado que acredita si un ciudadano forma parte de esta base de datos.

La base de datos se actualiza mediante un proceso administrativo rigurojo y periódico. La información primaria es remitida de forma constante por los distintos juzgados de Familia distribuidos en todo el territorio rionegrino. Posteriormente, estos expedientes son concentrados por el Registro Civil de las Personas, organismo encargado de procesar las altas y bajas antes de derivar el listado final a la Dirección del Boletín Oficial para su publicación.

Dentro de este mismo marco legal, Río Negro cuenta desde 2021 con la Ley Nº 4.456, la cual creó el Registro Provincial de Obstructores de Vínculo con los Hijos. Esta normativa —reglamentada mediante el Decreto 737 de ese mismo año— sanciona penal y administrativamente a quienes impidan de forma injustificada el contacto de los menores con sus progenitores no convivientes o con su familia extendida (como abuelos y tíos), siempre que exista una orden judicial previa.

El propósito central del registro es netamente operativo y de protección: busca garantizar el derecho fundamental de las infancias a mantener un lazo fluido con ambos lados de su familia. Quienes incurren en esta falta sufren penalizaciones similares a los deudores alimentarios, quedando inhabilitados, por ejemplo, para contratar con el Estado. Las altas en esta base de datos se ejecutan únicamente por mandato de un juez y conllevan la publicación de los nombres tanto en el Boletín Oficial como en la plataforma web del Registro Civil.

El reporte oficial de diciembre dejó en evidencia un dato particular: la inclusión de una mujer dentro de esta categoría. Con esta nueva incorporación, el padrón acumula alrededor de una veintena de personas registradas desde el año 2024.

A pesar de la gravedad que reviste la obstrucción de los lazos familiares, los ingresos bajo esta figura legal siguen siendo notablemente menores y muy acotados en comparación con el masivo volumen de morosos que registra el sistema por falta de pago de cuotas alimentarias.

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